Mesa 33: Crimen y castigo. Conflictividades, ilegalismos,y dispositivos de control

Crimen y castigo: mafia y poder

  • Rocco Carbone (CONICET/Universidad Nacional de Quilmes)
Resumen

Estimadxs colegas: vuelvo a enviar el resumen en función de las precisiones solicitadas. Gracias y saludos

Poderosos son los aparatos estatales (la dictadura en la Argentina durante 1976-1983, por caso), las grandes empresas, las instituciones financieras (FMI), las organizaciones mafiosas transnacionales e intercontinentales (estas son particularmente peligrosas porque tienden a colonizar los Estados o partes de ellos) y en general toda organización que posee recursos materiales y simbólicos muy superiores a los recursos de sus víctimas. Para entender las organizaciones que tienen poder es preciso observarlas en su efectivo funcionamiento cotidiano, en la cultura que expresan, en la ideología de sus integrantes, y en las modalidades precisas según las que operan. Cuando estas organizaciones o los sujetos que las habitan llevan a cabo un delito en verdad despliegan poder. Y ese mismo poder son capaces de despegarlo en todas las otras esferas en las que se manifiestan: la esfera política, la económica, la social, la cultural, etc. Sus crímenes por ende son crímenes de poder (Vincenzo Ruggiero / Michael Welch (eds.), Power Crime, no. 51 de Crime, Law and Social Change, 2009).

De aquí descienden dos cuestiones, una definición de la idea de crimen y la pregunta por el poder. La idea de crimen comporta una violación intencional de las normas prescriptas por los códigos, la jurisprudencia o las costumbres y en tanto tal está sujeta a procedimientos judiciales y penales (P. Tappan, “Who is the criminal?”, in American Sociological Review, no. 12, 1974). Los requisitos y los efectos colaterales del comportamiento criminal son: intencionalidad, mens rea, daño jurídicamente definible, junto a la posibilidad de procesar e imponer una sanción. En cuanto al poder: es una relación social. Se tensa entre varios sujetos. O más bien, circula entre sujetos. No se queda estacionado aquí o allí ni se concentra en las manos de alguien. El poder nunca es poseído como una mercadería o un bien. Si lo aceptamos como una relación social, podemos decir que las relaciones de poder comportan la habilidad de unxs de trazar límites a las acciones de otrxs. Es la probabilidad de que un sujeto imponga su propia voluntad pese a las eventuales resistencias de otrxs. Es poder hacer algo que otrxs no pueden ni tienen. Un crimen de naturaleza racista implica un poder conferido por el racismo. Un crimen de naturaleza genérica implica un poder conferido por el patriarcado. Un crimen de naturaleza clasista implica un poder conferido por el capitalismo. Todos estos ejemplos implican el despliegue de poderes momentáneos. Por caso: el policía estadounidense que mató a George Floyd en Minneapolis tuvo por un momento el poder de matarlo. Fuera de la esfera policial, en la familiar, pongamos, o en otras interacciones sociales, no tenía el poder de dar la muerte que le confirió el racismo y la institución policial. Los poderosos –y por ende los mafiosos– gozan de un poder que es permanente (si el Estado no los condiciona). Los mafiosos en tanto sujetos poderosos tienen un poder que no declina en ninguna de las esferas de su interacción social. Los mafiosos son empresarios que detentan un poder “bipolar”, que conjuga contrarios y los sintetiza, y como tal produce más poder. Los mafiosos son agentes de poder, son seres poderosos y cuando llevan a cabo un delito despliegan poder.

Frente a la criminalidad, el Estado moderno se ha dotado de la ley penal. El derecho penal es la disciplina para paliar las formas criminales. Sin embargo, la criminalidad de los poderosos tiende a escabullirse y los poderosos o no entran a los tribunales o si entran, salen indemnes. La criminalidad de los poderosos gana siempre, pero gana más frente al vacío jurídico. Es el caso del código penal nacional, que no contempla la figura de “asociación mafiosa”. ¿Qué significa legalmente esa ausencia del código penal argentino? ¿Qué implica políticamente? Sobre estas dos preguntas me gustaría reflexionar en una eventual ponencia de ser aceptada esta propuesta.

Para el desarrollo de la ponencia será precisa una combinación de estrategias metodológicas. Ese dispositivo será configurado por el cruce entre la criminología crítica (Vincenzo Ruggiero, Perché i potenti delinquono, Milano: Feltrinelli, 2015) y algunas de las grandes corrientes filosóficas del siglo XX (Frank Pearce, Crimes of Powerful. Marxism, Crime and Deviance, London: Pluto, 1976).