Mesa 21: Paz y Guerra entre las naciones. Política Exterior y de Defensa

El ciclo de la Constitución de la Defensa Nacional en Argentina. La imposibilidad de controlar al Poder Ejecutivo en asuntos militares

  • Gerardo Tripolone
Resumen

A partir del marco teórico de Harold Koh, en este trabajo exponemos el “ciclo” de la Constitución de la Defensa Nacional en Argentina. Koh describió un patrón en la Constitución de la seguridad nacional en Estados Unidos. A partir de un caso paradigmático de uso del poder militar por parte del poder ejecutivo de aquel país en el escándalo “Irán-Contra”, Koh explicita el ciclo de la siguiente forma: 1) el presidente tiene la iniciativa en asuntos militares y de seguridad; 2) el Legislativo consiente sus políticas y 3) el Judicial tolera las prácticas incluso reñidas con la legalidad o la propia Constitución.
En este trabajo analizaremos de qué manera este patrón se ha dado en Argentina. Abordaremos las cláusulas constitucionales que permiten la primacía del Poder Ejecutivo sobre los otros dos poderes del Estado. Estas son, en gran medida, similares a las de la Constitución de Estados Unidos. Analizaremos decisiones judiciales, legislación y actos del Ejecutivo durante periodos de gobiernos constitucionales del siglo XX y lo que va del siglo XXI. Buscamos apreciar si, en un contexto de vigencia de la Constitución, el patrón descripto por Koh se cumple en Argentina. La hipótesis es que, con las particularidades nacionales, el patrón descripto por Koh efectivamente se ha dado (y continúa dándose) en Argentina.
La supremacía del presidente le ha permitido vulnerar los límites legislativos para el uso de las Fuerzas Armadas Argentinas. En los pocos casos en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tratado los poderes militares del Ejecutivo y del Legislativo, no ha podido o no ha querido frenarlo. Incluso se ha dado casos en que el Ejecutivo ha podido ignorar expresamente lo establecido en la Constitución Nacional Argentina sobre poderes militares y aun así su accionar no fue impedido ni por el Congreso ni el Poder Judicial.
Con este trabajo es posible apreciar cómo, en concreto, se ejercen los poderes militares en Argentina desde un punto de vista constitucional. Esto permite aclarar la praxis constitucional del reparto de competencias en asuntos militares entre los tres poderes del Estado y compararlo con lo que sucede en Estados Unidos. Este trabajo es fruto de indagaciones previas publicadas en dos artículos. En uno de ellos analizamos las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo, mientras que, en el otro, abordamos los vínculos entre el Ejecutivo y el Judicial. En este momento quisiéramos unir estos trabajos para explicitar el ciclo de la Constitución de la Defensa Nacional en Argentina. El tema es relevante tanto para la indagación sobre derecho constitucional, como para los estudios en defensa nacional y política exterior. Cualquier indagación sobre estos asuntos debe partir del marco jurídico-constitucional que los regula.